AL MARGEN. columna publicada el lunes 16 en el diario EL FALCONIANO DE CORO
Esta semana el hecho primeramente simulado y luego comprobado del asesinato de la niña Angela Yosibet Rodríguez Vargas de apenas ocho añitos, en manos de su propia madre, Johana Vargas, ha conmovido a la comunidad coriana y falconiana en general. De acuerdo a los partes médicos, la niña murió como consecuencia de múltiples golpes, hecho suscitado el pasado domingo ocho, en la casa Nro. 111, de la calle Josefa Camejo, del sector Pantano Debajo de Coro. Este no es un crimen más, ni lo que muchos dirían que es el estado de descomposición social al que estamos llegando, y bla,bla,bla. No, sólo hay que ingresar el nombre de la imputada en la internet y ahí encuentra su prontuario y si investigamos un poco localizamos en este nuestro diario EL FALCONIANO, que el jueves 20 de mayo de 2004, en la edición número 9.790, se publica en la última página, con llamado a la página 15, el siguiente titular “En cambote trabajan caso de niña maltratada” y en la página 15 cursa la información calzada por el periodista José Gregorio Morales “ Caso de niña maltratada trabajan PTJ, Fiscalía y Consejo del Niño”, para determinar responsabilidades. Bueno el diario hace referencia a una niña de 9 años, que ingresó al hospital de niños de Judibana con un cuadro de desnutrición y maltrata. Nuestro equipo reporteril le tomo una foto a través del vidrio a la niña que no se distingue nada. Sorpresa, la mujer que llevó a la niña se hizo pasar por una tía de la menor, pero en verdad era Johana Vargas. Por este caso, según la web del TSJ, aparece la Sentencia nº IP11-P-2004-000114 de Tribunales de Primera Instancia, de 26 Junio 2006. Tribunales de Primera Instancia. Procedimiento: Ponente: Naggy Richanni. Partes: FISCAL DÉCIMO QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO FALCÓN ABG. KLEIDYS DÍAZ VS, DEFENSOR PRIVADO ABG. PEDRO MARTÍN. Veredicto: JOHANA VARGAS venezolana mayor de edad, natural de Punto Fijo estado Falcón, cedulada 14.263.620, actualmente recluida en el internado Judicial de la ciudad de Coro, CULPABLE de la comisión de los delitos de LESIONES GRAVISIMAS CALIFICADAS EN GRADO DE CONTINUIDAD, PRIVACIÒN ILEGITIMA DE LIBERTAD y TRATO CRUEL a título de Autor, todos previstos y sancionados en los artículos 416, en relación con el 420 y 99 del Código Penal, 175 primer aparte ejusdem y 254 del la Lopna respectivamente, por lo que se le Condena a la pena de 11años y11 meses de prisión en el establecimiento penal que a bien tenga designar el Juez de ejecución..... Y a .- José Rafael Rodríguez Lorenzo, Homicidio Intencional en Grado de Frustración, como Cooperador Inmediato con las agravantes de alevosía, aumentar deliberadamente el mal del hecho causando otros males innecesarios, y abusar de la superioridad del sexo, de la fuerza; Privación Ilegítima con uso de amenaza sevicia y engaño, y por el delito de Trato Cruel como Cooperador Inmediato, los dos primeros previstos en los artículos 408, numeral 3 literal "A", relacionado con los numerales 1, 4 y 8 del artículo 77 y 80, y artículo 175 en su primer aparte del Código Penal Venezolano... Ahora bien, por este caso fue demandado el Diario El Falconiano, por publicar una foto a través del cristal que no se distinguía absolutamente nada, ahora quiero preguntarle a la fiscal que hizo la acusación al medio, que ¿ donde estaba ella, cuando a esta señora con estos antecedentes le dieron de nuevo la custodia de sus hijas?. ¿ Por qué si existía una condena, hubo otra sentencia para dejar a la mujer semilibre?. ¿ No tenían a caso que supervisar en visitas constantes el hogar y a las niñas de cómo estaban viviendo?. Creemos que aquí a demás de la desquiciada madre, hay otros culpables, que quizás estén detrás de un escritorio impartiendo justicias que a la postres son injusticias. Todo esto es indicativo, de que hay que revisar, muchas cosas en el poder judicial.
******
Me escriben al email: Hola Armando ¿Cómo estás? Espero que muy bien. Siempre te sigo en radio, el periódico y ahora en este medio. Quisiera que hicieras algún comentario en tu columna por lo siguiente: ¿No es una incongruencia que en el Registro Principal le cobren 387.650 Bs. a la persona que acaba de graduarse para poder registrar su título universitario, obviamente un cristiano que debe ser desempleado, en el mejor de los casos tiene un sub empleo y por eso quiso seguir preparándose, pero a la final igual no tiene para tan fuerte gasto en ese momento inicial de su vida laboral profesional? Y eso es lo que el Registro llama "normal" que tarda tres días; en caso de ser habilitado para el mismo día, el pago es de 517.650. ¿qué te parece? Gracias por todo, felicidades y saludos a la familia. (M.P), Completamente de acuerdo con usted colega.
domingo, 15 de agosto de 2010
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario